Jubilación
Nuestro compromiso es brindarle el mejor servicio, a través del cuál pueda asegurar bienestar y porvenir a usted y su familia. De esta manera, las prestaciones de la Caja de Profesionales Médicos, en el marco de la ley 3621 (art. 49) son las que siguen.
¿Cómo me jubilo en CAPROME?
Tener en cuenta los siguientes requerimientos:
01
65 años para ambos sexos
02
Haber realizado aportes obligatorios
03
No se requiere cantidad mínima de años en CAPROME
04
Es posible continuar trabajando luego de la jubilación
¿Cómo se establece el Haber Previsional?
A partir del cálculo actuarial
01
Cálculo Actuarial
Se determina por el saldo en la Cuenta Individual de Capitalización del Afiliado
02
Proyección del Haber Jubilatorio
El Haber Jubilatorio del Afiliado se proyecta de acuerdo a las expectativas de vida prevista en la tabla del INDEC
03
Modalidad de Retiro correspondiente
Si el Haber Previsional es igual o mayor al SMVM*, corresponde optar entre Renta Vitalicia o Renta Programada. En caso de ser manor al SMVM*, únicamente corresponde Retiro Fraccionario.
* SMVM: Salario Mínimo Vital y Móvil
Cómo funcionan las modalidades
Renta Vitalicia Previsional | Retiro Programado | Retiro Fraccionario | |||||||
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Transfiere la propiedad del Fondo Jubilatorio a CAPROME | Conserva la propiedad del Fondo Jubilatorio | Conserva la propiedad del Fondo Jubilatorio | |||||||
CAPROME garantiza una rentabilidad sobre el Fondo | Participa de la rentabilidad general de las inversiones. | Participa de la rentabilidad general de las inversiones | |||||||
Haber Previsional Móvil que se establece en el contrato de Renta Vitalicia | Genera recálculo y reajuste del Haber Previsional, anualmente | Genera reajuste del haber previsional, siempre que cambie el SMVM | |||||||
En caso de fallecimiento, genera pensión a los derechohabientes (cónyuge, hijos menores de 18 años y/o discapacitados) | En caso de fallecimiento, y con saldo positivo en su jubilación, genera pensión a derechohabientes, si no los hubiere, pasa a la sucesión del afiliado. | En caso de fallecimiento, no genera pensión; el saldo pasa a la sucesión del afiliado. | |||||||
El beneficio es vitalicio | El beneficio se otorga hasta agotar el fondo ** | En caso de fallecimiento, no genera pensión; el saldo pasa a la sucesión del afiliado | |||||||
** IMPORTANTE: Derecho al beneficio Fondo Compensador Solidario, a través de este fondo CAPROME garantiza a todos los jubilados un ingreso igual al SMVM. Procede una vez que: a) agotado el fondo de jubilación y no cuenten con otros beneficios. b) que teniendo otros ingresos, sean inferiores al SMVM. En ambos casos CAPROME aporta hasta completar el ingreso que iguale el SMVM vigente. |
Aportes Voluntarios
Incidencia en el Haber Jubilatorio
01
Generan mayor prestación en cualquier Modalidad de Retiro.
02
No tienen Gastos administrativos y capitalizan al 100%
Aportes Voluntarios generan mayor prestación en cualquier Modalidad de Retiro. No tienen gastos administrativos y capitalizan al 100% |
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Tienen dos destinos opcionales |
1. Aporte Voluntario a la Cuenta Individual de Capitalización
2. Prestación Complementaria de Jubilación
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Jubilación Ordinaria
Jubilación Ordinaria
Jubilación por Invalidez
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